Despido Indirecto en Uruguay: Cómo irse de la empresa cobrando toda la indemnización

Dr. Cristian Francia - Abogado laboralista experto en despido indirecto Uruguay

No renuncie a sus derechos. Aprenda cuándo es la empresa la que rompe el contrato y cómo el Dr. Cristian Francia puede ayudarle a cobrar lo que le corresponde.


¿Se siente forzado a renunciar?

Muchos trabajadores en Uruguay creen que solo tienen dos opciones: aguantar condiciones injustas o renunciar y perderlo todo. Pero existe una tercera vía legal: el Despido Indirecto.

Soy el Dr. Cristian Francia, y en este artículo le explicaré cómo puede romper el vínculo con su empleador por culpa de este, manteniendo su derecho a cobrar el IPD (Indemnización por Despido) y el acceso al seguro de paro.


1. ¿Qué es el Despido Indirecto?

El despido indirecto ocurre cuando el empleador comete una falta tan grave que hace imposible continuar la relación laboral. En lugar de echarlo formalmente, la empresa «lo empuja» a irse mediante incumplimientos.

Las causas más comunes que litigamos en Uruguay son:

  • Falta de aportes a la seguridad social (BPS): Si lo tienen «en negro» o declaran un sueldo menor al real.
  • Rebaja salarial o de categoría: Si le quitan responsabilidades o le bajan el sueldo sin su consentimiento.
  • Acoso Laboral (Mobbing): Maltratos, insultos, persecución o aislamiento sistemático.
  • Mora en el pago: Retrasos constantes en el pago de salarios, aguinaldos o sumas por licencia.

2. El error fatal: La renuncia precipitada

Advertencia del Dr. Francia: Nunca envíe un telegrama de renuncia si su intención es reclamar un despido indirecto. La renuncia se presume voluntaria y anula casi cualquier reclamo posterior por indemnización.

Para configurar legalmente el despido indirecto, se debe realizar una intimación previa (generalmente vía telegrama colacionado). Esta debe estar redactada por un abogado profesional para dejar constancia fehaciente de la falta patronal y así «auto-despedirse» con causa justificada.


3. ¿Qué puede reclamar con mi asesoramiento?

Si logramos acreditar el incumplimiento de la empresa, usted tiene derecho a percibir:

ConceptoDetalle del beneficio
Indemnización por Despido (IPD)Un mes de sueldo por cada año trabajado (hasta un máximo de 6).
IncidenciasEl proporcional de aguinaldo, licencia y salario vacacional generado.
Multa del 10%Según la Ley 18.572, por la falta de pago en fecha de los rubros salariales.
Daño MoralAplicable en casos específicos de acoso o violencia laboral comprobada.

¿Por qué elegir al Dr. Cristian Francia para su caso laboral?

En las instancias ante el Ministerio de Trabajo (MTSS) y el Poder Judicial, la rapidez y la solidez de la prueba son fundamentales. Mi enfoque se centra en documentar el incumplimiento de la empresa desde el día uno, construyendo una estrategia técnica superior para asegurar que usted no se vaya con las manos vacías tras años de esfuerzo.

No deje que la empresa decida las condiciones de su salida. Defienda su trayectoria.


¿Necesita asesoramiento inmediato sobre su situación laboral?

No tome decisiones apresuradas que puedan perjudicar su liquidación.

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